Discurso traducido al español de la sedición del President de la Generalitat
Lluis Companys (ERC) contra la II República Española
Lluis Companys (ERC) contra la II República Española
El proceso de putrefacción del Estado ha concluido,
precisamente hoy, con la propuesta de preguntas para una consulta, que en realidad
es un referéndum –prohibido expresamente por el artículo 149.32 de la
Constitución Española de 1978- que ha realizado el elenco político catalanista
partidario de la independencia de Cataluña; a partir de ahora asistiremos a un
inefable proceso de descomposición institucional, sin precedentes, pero sí con consecuentes.
Es necesario distinguir en este caso la acción y efecto de
pudrir, en las acepciones orgánica, emocional y letal, de la acción y efecto de
descomponer o descomponerse y diarrea, porque nos ofrece una riqueza semántica
más acertada. Descomponer es 1. Desordenar y desbaratar; 2. Separar las diversas partes que forman un
compuesto; 3. Indisponer los ánimos, hacer que se pierda la
amistad, confianza o buena correspondencia; 4. Averiar, estropear, deteriorar;
5. Dicho de un organismo: Corromperse, entrar o hallarse en estado de
putrefacción; 6. Dicho del cuerpo: Desazonarse, perder la buena disposición de
un estado saludable; 7. Perder, en las palabras o en las obras, la serenidad o
la circunspección habitual; 8. Dicho del rostro: demudarse.
Descomposición, por tanto, mejor que
putrefacción, para definir lo ocurrido ayer en la Generalitat catalana.
Descomposición, por cierto, es sinónimo de corrupción. La corrupción de las
palabras que traducen del español al catalán los términos: referéndum a
consulta, soberanía nacional a me importa un pimiento, Constitución a papel
higiénico, y Gobierno de España a que os den. Ciertamente, hay diferencia en la
interpretación de los conceptos entre el idioma español y la lengua catalana,
pero todavía es más grave la sedición de los postulantes que para hacer sus
propuestas anticonstitucionales desde los cargos que detentan han tenido que
asegurar previamente que iban a cumplir y hacer cumplir la Constitución
Española de 1978.
Al menos han tenido el detalle de no
dar un Golpe de Estado como el que LLuis Companys dio en la República Española,
y que además de costar algunas vidas, terminó con los huesos del gobierno
sedicioso de la Generalitat acusado de rebelión militar en un Consejo de
Guerra, en los penales de Puerto de Santa María y Cartagena, con más de 3.000
detenidos en el buque prisión “Uruguay” atracado en Barcelona para la ocasión.
Parece que la historia tiene la
maldita costumbre de repetirse, en esta ocasión asistiremos a un Golpe de
Estado prolongado en el tiempo, que lo único que busca es provocar una reacción
por parte de las autoridades competentes del Gobierno español, para imponer en
Cataluña el artículo 155 de la Constitución Española de 1978.
Artículo 1551. Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general.2. Para la ejecución de las medidas previstas en el apartado anterior, el Gobierno podrá dar instrucciones a todas las autoridades de las Comunidades Autónomas.
De no hacerlo así y permitir que en
Cataluña se siga incumpliendo la Constitución por parte de las autoridades que
prometieron en su día cumplirla y hacer cumplirla, la descomposición institucional
de Cataluña está asegurada, por tanto
también la descomposición institucional de España, de la que Cataluña forma
parte desde 1978, cuando 2.701.870 catalanes aprobaron la Constitución española (sobre
un censo de 4.398.173 personas), aproximadamente un millón más que los 1.882.650 que aprobaron en 2006 el Estatut de
Catalunya, (sobre un censo de 5.202.291 personas).
Resulta harto complicado para
cualquier demócrata aceptar que la decisión de un 36,1 % de catalanes con
derecho a voto de 2006, tenga más valor
que la decisión no revocada de un 61,4 %
de catalanes con derecho a voto de 1978, puesto que en Cataluña, a pesar de la sentencia del Tribunal Constitucional, se sigue aplicando el Estatut de Catalunya de 2006 con prevalencia sobre la Constitución Española de 1978. Es algo que los promotores del
independentismo catalán deberían explicarle a sus electores, puesto que el
Gobierno de España no ha movido un dedo por hacerlo, ni con el PSOE, ni con el
PP.
Enrique Suárez