España es una nación formada por 17 comunidades autónomas y 2 ciudades en el norte de África. Aproximadamente 46,6 millones disfrutamos o sufrimos en estos momentos la condición de españoles, ciudadanos de España, un país que forma parte de la Unión Europea.
España tiene una Constitución aprobada por los españoles en 1978, en la que se expresa por última vez la voluntad de la nación española sobre su configuración política, Ley de Leyes que se encuentra vigente en la actualidad.
La Constitución Española de 1978 representa la voluntad expresada de los ciudadanos españoles como estructura legal básica de convivencia común, que admite las particularidades territoriales y poblacionales, históricas y culturales, existentes en la nación española, siempre que no distorsionen lo común, que representa la voluntad legal de los ciudadanos españoles.
Ningún Gobierno, estatal o autonómico, puede legislar contra la Constitución Española, si así lo hiciera podría ser acusado de traición, por haber incumplido el artículo 97 que dice: “El Gobierno dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado. Ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria de acuerdo con la Constitución y las leyes”.
El Artículo 1,1 de la CE 1978 dice que España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político. El Artículo 1,2 dice que la soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado. El Artículo 2, dice que la Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas.
Analicemos ambos artículos en su conjunto:
Hay varios conceptos fundamentales a la hora de valorar los dos primeros artíuculos de la Constitución, el más importante de todos es el de soberanía.
El sujeto de soberanía, en cualquier circunstancia, es el pueblo español, el pueblo español es la reunión de todos los españoles; la soberanía es el dominio –no el poder- sobre un objeto cultural e histórico: la Nación española. La Constitución Española se fundamenta sobre la indisoluble unidad de la Nación española. Soberanía, Nación y Constitución son elementos que conforman el dominio, es decir, la propiedad de los españoles sobre su territorio, historia y cultura.
En él ámbito del poder, España se constituye como un Estado social y democrático de Derecho, el Estado emana de los poderes del pueblo español y su organización política es la monarquía parlamentaria. Desde el ámbito del poder –nunca desde el dominio garantizado de territorio y población- la Constitución garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas.
La diferencia entre dominio y poder es la misma que se produce entre un propietario (el pueblo español de su nación) y un inquilino (el Gobierno del Estado que administra el poder en su representación, junto con los poderes fraccionarios de autonomías y municipios). Ningún Gobierno tiene potestad jurídica para regular el dominio, ningún poder representado tiene potestad jurídica para determinar cuestiones relacionadas con la Nación española, porque sólo el pueblo español reunido – no por parcelas- está legitimado para hacerlo, en ese radica su soberanía, su propiedad sobre la Unidad Nacional Española, ni siquiera con la actual Constitución, el pueblo español es propietario de la disolución de la Nación española.
El castellano se ha prohibido en la educación catalana porque es la lengua española oficial del Estado, si fuera de la nación, no se podría haber hecho sin un referéndum nacional, por lo tanto se determina desde el ámbito del poder, no desde el dominio, y como el Gobierno actual ha decidido reducir su poder estatal para incrementar el poder autonómico en función de los estatutos correspondientes, sin embargo ha cometido un grave error, porque se ha olvidado de que el artículo 3,2 de la Constitución Española dice que “las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas Comunidades Autónomas de acuerdo con sus Estatutos”. Este también implica inexcusablemente que la lengua española oficial del Estado debe ser propia de los españoles, aunque residan en Cataluña, y que tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla. Evidentemente el Estado debe garantizar el derecho de los ciudadanos españoles residentes en Cataluña a conocer y usar el español, los catalanistas están conculcando un derecho constitucional de los españoles, aplicando un Estatuto que sólo ha sido apoyado por un cuarto de la población residente en Cataluña.
El tribunal Constitucional debe dictaminar al respecto, si los poderes del Estado emanan del pueblo español, agregado de todos los residentes en las distintas autonomías de España, no pueden emanar del pueblo catalán, gallego, vasco, castellano o andaluz.
Los poderes del Estado emanan del pueblo español, no del Gobierno español, no de los gobiernos autonómicos, la única autoridad sobre el Estado es del pueblo español, los distintos gobiernos sólo están legitimados a representar esa autoridad, no a sustituirla.
El Partido Popular debería tener agallas suficientes para plantear un referéndum nacional sobre la legitimidad del Estatuto Catalán y su frivolidad secesionista. Esa consulta le devolvería la legitimación que ha ido perdiendo ante el "bolivarianismo" de los Gobiernos de Rodriguez Zapatero, y sus edecanes nacionalistas.
Los únicos que tenemos derecho a decidir en España somos los españoles, y los políticos socialistas y nacionalistas nos están ninguneando sin recato alguno; podemos hacerlo desde el ámbito ciudadano en cualquier momento, y posiblemente vaya siendo hora de que los ciudadanos españoles, el pueblo español, ponga de una vez las cosas en su sitio, como auténtico dueño de la nación española. Los inquilinos políticos están destruyendo nuestra propiedad, sin ningún derecho a hacerlo.
Es hora de promover un referendum ciudadano que determine realmente quien es el propietario de España, antes de que los políticos sigan usurpando potestades que no les corresponden por ley. El estatuto de Cataluña es una ocasión, como otra cualquiera. Por encima del Tribunal Constitucional está el Pueblo Español, único representante legítimo de la Nación Española.
Ya estamos tardando.
Biante de Priena
España tiene una Constitución aprobada por los españoles en 1978, en la que se expresa por última vez la voluntad de la nación española sobre su configuración política, Ley de Leyes que se encuentra vigente en la actualidad.
La Constitución Española de 1978 representa la voluntad expresada de los ciudadanos españoles como estructura legal básica de convivencia común, que admite las particularidades territoriales y poblacionales, históricas y culturales, existentes en la nación española, siempre que no distorsionen lo común, que representa la voluntad legal de los ciudadanos españoles.
Ningún Gobierno, estatal o autonómico, puede legislar contra la Constitución Española, si así lo hiciera podría ser acusado de traición, por haber incumplido el artículo 97 que dice: “El Gobierno dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado. Ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria de acuerdo con la Constitución y las leyes”.
El Artículo 1,1 de la CE 1978 dice que España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político. El Artículo 1,2 dice que la soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado. El Artículo 2, dice que la Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas.
Analicemos ambos artículos en su conjunto:
Hay varios conceptos fundamentales a la hora de valorar los dos primeros artíuculos de la Constitución, el más importante de todos es el de soberanía.
El sujeto de soberanía, en cualquier circunstancia, es el pueblo español, el pueblo español es la reunión de todos los españoles; la soberanía es el dominio –no el poder- sobre un objeto cultural e histórico: la Nación española. La Constitución Española se fundamenta sobre la indisoluble unidad de la Nación española. Soberanía, Nación y Constitución son elementos que conforman el dominio, es decir, la propiedad de los españoles sobre su territorio, historia y cultura.
En él ámbito del poder, España se constituye como un Estado social y democrático de Derecho, el Estado emana de los poderes del pueblo español y su organización política es la monarquía parlamentaria. Desde el ámbito del poder –nunca desde el dominio garantizado de territorio y población- la Constitución garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas.
La diferencia entre dominio y poder es la misma que se produce entre un propietario (el pueblo español de su nación) y un inquilino (el Gobierno del Estado que administra el poder en su representación, junto con los poderes fraccionarios de autonomías y municipios). Ningún Gobierno tiene potestad jurídica para regular el dominio, ningún poder representado tiene potestad jurídica para determinar cuestiones relacionadas con la Nación española, porque sólo el pueblo español reunido – no por parcelas- está legitimado para hacerlo, en ese radica su soberanía, su propiedad sobre la Unidad Nacional Española, ni siquiera con la actual Constitución, el pueblo español es propietario de la disolución de la Nación española.
El castellano se ha prohibido en la educación catalana porque es la lengua española oficial del Estado, si fuera de la nación, no se podría haber hecho sin un referéndum nacional, por lo tanto se determina desde el ámbito del poder, no desde el dominio, y como el Gobierno actual ha decidido reducir su poder estatal para incrementar el poder autonómico en función de los estatutos correspondientes, sin embargo ha cometido un grave error, porque se ha olvidado de que el artículo 3,2 de la Constitución Española dice que “las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas Comunidades Autónomas de acuerdo con sus Estatutos”. Este también implica inexcusablemente que la lengua española oficial del Estado debe ser propia de los españoles, aunque residan en Cataluña, y que tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla. Evidentemente el Estado debe garantizar el derecho de los ciudadanos españoles residentes en Cataluña a conocer y usar el español, los catalanistas están conculcando un derecho constitucional de los españoles, aplicando un Estatuto que sólo ha sido apoyado por un cuarto de la población residente en Cataluña.
El tribunal Constitucional debe dictaminar al respecto, si los poderes del Estado emanan del pueblo español, agregado de todos los residentes en las distintas autonomías de España, no pueden emanar del pueblo catalán, gallego, vasco, castellano o andaluz.
Los poderes del Estado emanan del pueblo español, no del Gobierno español, no de los gobiernos autonómicos, la única autoridad sobre el Estado es del pueblo español, los distintos gobiernos sólo están legitimados a representar esa autoridad, no a sustituirla.
El Partido Popular debería tener agallas suficientes para plantear un referéndum nacional sobre la legitimidad del Estatuto Catalán y su frivolidad secesionista. Esa consulta le devolvería la legitimación que ha ido perdiendo ante el "bolivarianismo" de los Gobiernos de Rodriguez Zapatero, y sus edecanes nacionalistas.
Los únicos que tenemos derecho a decidir en España somos los españoles, y los políticos socialistas y nacionalistas nos están ninguneando sin recato alguno; podemos hacerlo desde el ámbito ciudadano en cualquier momento, y posiblemente vaya siendo hora de que los ciudadanos españoles, el pueblo español, ponga de una vez las cosas en su sitio, como auténtico dueño de la nación española. Los inquilinos políticos están destruyendo nuestra propiedad, sin ningún derecho a hacerlo.
Es hora de promover un referendum ciudadano que determine realmente quien es el propietario de España, antes de que los políticos sigan usurpando potestades que no les corresponden por ley. El estatuto de Cataluña es una ocasión, como otra cualquiera. Por encima del Tribunal Constitucional está el Pueblo Español, único representante legítimo de la Nación Española.
Ya estamos tardando.
Biante de Priena
5 comentarios:
Biante, siempre he mantenido que nuestra vigente Constitución es muy superior en todos los aspectos, a cualquiera de las otras que se han aprobado en nuestro país.
Si los españoles supiéramos sacarle todo su jugo, seguro que podremos disfrutar de un presente y un futuro esperanzador para nuestros descendientes.
El referendum que propones es la solución última e idonea a ciertos dislates políticos que están cometiendo estos bellacos que se han instalado en nuestras instituciones.
Vamos a esperar haber cual es el fallo del Tribunal Constitucional sobre el Estatuto de Cataluña y los otros de nuevo cuño. Dependiendo de estas sentencias, no te quepa la menor duda de que aquí tienes un compatriota dispuesto a apoyar tu propuesta y a luchar hasta el final para que se lleve a cabo este referendum.
Saludos.
Ciudadanos por la libertad, estamos en ello. Por cierto, enhorabuena por el artículo de su blog: ¿Qué debo hacer, querido déspota?. Me ha parecido muy bueno.
Yes, abajo el gobierno COMOSEA
Precisamos urgentemente voluntarios para atender los numerosos hambrientos en nuestras dependencias. Gracias por su colaboración.
23 de julio de 2009
Cáritas Española
Servicios Generales
San Bernardo, 99 bis
28015 Madrid
Teléfono: +34 91 444 10 00
Fax: +34 91 593 48 82
Correo Electrónico: correo@caritas.es
¿Nos puede hurtar el TC a los españoles la decisión sobre nuestra integridad como nación?
Publicar un comentario