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viernes, 13 de diciembre de 2013

La descomposición ha comenzado


Discurso traducido al español de la sedición del President de la Generalitat
 Lluis Companys (ERC)  contra la II República Española

El proceso de putrefacción del Estado ha concluido, precisamente hoy, con la propuesta de  preguntas para una consulta, que en realidad es un referéndum –prohibido expresamente por el artículo 149.32 de la Constitución Española de 1978- que ha realizado el elenco político catalanista partidario de la independencia de Cataluña; a partir de ahora asistiremos a un inefable proceso de descomposición institucional, sin precedentes, pero sí con consecuentes.


Es necesario distinguir en este caso la acción y efecto de pudrir, en las acepciones orgánica, emocional y letal, de la acción y efecto de descomponer o descomponerse y diarrea, porque nos ofrece una riqueza semántica más acertada. Descomponer es 1. Desordenar y desbaratar;  2. Separar las diversas partes que forman un compuesto; 3. Indisponer los ánimos, hacer que se pierda la amistad, confianza o buena correspondencia; 4. Averiar, estropear, deteriorar; 5. Dicho de un organismo: Corromperse, entrar o hallarse en estado de putrefacción; 6. Dicho del cuerpo: Desazonarse, perder la buena disposición de un estado saludable; 7. Perder, en las palabras o en las obras, la serenidad o la circunspección habitual; 8. Dicho del rostro: demudarse.


Descomposición, por tanto, mejor que putrefacción, para definir lo ocurrido ayer en la Generalitat catalana. Descomposición, por cierto, es sinónimo de corrupción. La corrupción de las palabras que traducen del español al catalán los términos: referéndum a consulta, soberanía nacional a me importa un pimiento, Constitución a papel higiénico, y Gobierno de España a que os den. Ciertamente, hay diferencia en la interpretación de los conceptos entre el idioma español y la lengua catalana, pero todavía es más grave la sedición de los postulantes que para hacer sus propuestas anticonstitucionales desde los cargos que detentan han tenido que asegurar previamente que iban a cumplir y hacer cumplir la Constitución Española de 1978. 


Al menos han tenido el detalle de no dar un Golpe de Estado como el que LLuis Companys dio en la República Española, y que además de costar algunas vidas, terminó con los huesos del gobierno sedicioso de la Generalitat acusado de rebelión militar en un Consejo de Guerra, en los penales de Puerto de Santa María y Cartagena, con más de 3.000 detenidos en el buque prisión “Uruguay” atracado en Barcelona para la ocasión.


Parece que la historia tiene la maldita costumbre de repetirse, en esta ocasión asistiremos a un Golpe de Estado prolongado en el tiempo, que lo único que busca es provocar una reacción por parte de las autoridades competentes del Gobierno español, para imponer en Cataluña el artículo 155 de la Constitución Española de 1978. 


Artículo 155
1. Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general.
2. Para la ejecución de las medidas previstas en el apartado anterior, el Gobierno podrá dar instrucciones a todas las autoridades de las Comunidades Autónomas.



De no hacerlo así y permitir que en Cataluña se siga incumpliendo la Constitución por parte de las autoridades que prometieron en su día cumplirla y hacer cumplirla, la descomposición institucional de Cataluña está asegurada,  por tanto también la descomposición institucional de España, de la que Cataluña forma parte desde 1978, cuando 2.701.870   catalanes aprobaron la Constitución española (sobre un censo de 4.398.173 personas), aproximadamente un millón más que los 1.882.650 que aprobaron en 2006 el Estatut de Catalunya, (sobre un censo de 5.202.291 personas).


Resulta harto complicado para cualquier demócrata aceptar que la decisión de un 36,1 % de catalanes con derecho a voto  de 2006, tenga más valor que la decisión no revocada  de un 61,4 % de catalanes con derecho a voto de 1978, puesto que en Cataluña, a pesar de la sentencia del Tribunal Constitucional, se sigue aplicando el Estatut de Catalunya de 2006 con prevalencia sobre la Constitución Española de 1978. Es algo que los promotores del independentismo catalán deberían explicarle a sus electores, puesto que el Gobierno de España no ha movido un dedo por hacerlo, ni con el PSOE, ni con el PP. 

Enrique Suárez

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