tag:blogger.com,1999:blog-8248718002189918912.post7794628498160337278..comments2024-03-20T08:17:31.544+01:00Comments on <b>Ciudadanos en la Red</b>: Manifiesto por una Lengua ComúnUnknownnoreply@blogger.comBlogger52125tag:blogger.com,1999:blog-8248718002189918912.post-78726232426498328662008-08-14T20:12:00.000+02:002008-08-14T20:12:00.000+02:00Bip Bip, FATAL ERROR.Los que potencialmente están ...Bip Bip, FATAL ERROR.<BR/><BR/>Los que potencialmente están desaparecidos son los neonazis catalinos genocidas de infantes.<BR/><BR/>Esos, sus escasos amigos y sus lujosas vidas adquiridas mediante Delitos y Crímenes contra la Humanidad, están ya en la lista del Alivio Y Recuerdo de la inminente República de los Ciudadanos Españoles, por Bandera la Rojigualda.<BR/><BR/>La sentencia se está proponiendo en el Juicio Popular a Los Políticos, en este caso y sin posibilidad de recurso, TODOS en fila india allende Pirineos ESPAÑOLES: Adeuciau cafres...<BR/><BR/><BR/>Ya la vida trae su eco: MARCHEN, UN, DOS...<BR/><BR/>...y las expresiones de júbilo de los españoles.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8248718002189918912.post-19612636289884808102008-08-14T19:29:00.000+02:002008-08-14T19:29:00.000+02:00jajaja, pues nada, español, si la cuestion no es c...jajaja, pues nada, español, si la cuestion no es como se llama, sino que no esta para nada en peligro y que por cabezoneria de el resto de españa no vamos a permitir que la lengua catalana desaparezca, y eso espero que lo tengais claro.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8248718002189918912.post-20205210514597318282008-08-14T15:32:00.000+02:002008-08-14T15:32:00.000+02:00El tema ha sido profusamente tratado en su díaEl i...El tema ha sido profusamente tratado en su día<BR/><BR/><A HREF="http://ciudadanosenlared.blogspot.com/2007/11/idioma-espaol.html" REL="nofollow">El idioma español</A>, <BR/><BR/>Dedicado al "turco" anónimo ignaro que escribe en español, y desde su ignorancia cree que lo hace en castellano (como le han dicho).<BR/><BR/>Gracias berenger, que no nos falten a la razón...<BR/><BR/>Saludos Liberales<BR/><BR/>ErasmoEnrique Suárezhttps://www.blogger.com/profile/17673650357478260609noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8248718002189918912.post-15621337803255347362008-08-14T14:54:00.000+02:002008-08-14T14:54:00.000+02:00los anonimos son la alegria de este blog, de verda...los anonimos son la alegria de este blog, de verdad.<BR/><BR/>dice la web de la rae sobre "español":<BR/><BR/>"español, la.<BR/><BR/>(Del prov. espaignol, y este del lat. mediev. Hispaniŏlus, de Hispania, España).<BR/><BR/>1. adj. Natural de España. U. t. c. s.<BR/><BR/>2. adj. Perteneciente o relativo a este país de Europa.<BR/><BR/><B>3. m. Lengua común de España y de muchas naciones de América, hablada también como propia en otras partes del mundo.</B>"<BR/><BR/>dice la misma web sobre "castellano":<BR/><BR/>"castellano, na.<BR/><BR/>(Del lat. Castellānus).<BR/><BR/>1. adj. Natural de Castilla. U. t. c. s.<BR/><BR/>2. adj. Perteneciente o relativo a esta región de España.<BR/><BR/>3. adj. Dicho de una gallina: De cierta variedad negra muy ponedora.<BR/><BR/><B>4. m. Lengua española, especialmente cuando se quiere introducir una distinción respecto a otras lenguas habladas también como propias en España.<BR/><BR/>5. m. Dialecto románico nacido en Castilla la Vieja, del que tuvo su origen la lengua española.<BR/><BR/>6. m. Variedad de la lengua española hablada modernamente en Castilla la Vieja.</B>"<BR/><BR/>las negritas son mias.<BR/><BR/><BR/>berengerAnonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8248718002189918912.post-33210009671355518082008-08-14T13:49:00.000+02:002008-08-14T13:49:00.000+02:00//*// //*// //*// //*////*// //*// //*// //*//Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8248718002189918912.post-16964248991586670442008-08-14T13:41:00.000+02:002008-08-14T13:41:00.000+02:00CUANTO ESTUPIDO SUELTO, AH, Y OTRA COSA, EL IDIOMA...CUANTO ESTUPIDO SUELTO, AH, Y OTRA COSA, EL IDIOMA ES CASTELLANO, NO ESPAÑOL, INCULTOS DE VUESTRA PROPIA CULTURA.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8248718002189918912.post-74130486296216096072008-08-07T18:57:00.000+02:002008-08-07T18:57:00.000+02:00Con el poco tiempo que les queda en el poder a los...Con el poco tiempo que les queda en el poder a los nazirulos ya no pueden disfrutar de lo que roban, tienen los cojones por corbata y es en lo único que han llevado razón jamás. <BR/><BR/>Por otra parte se van a quedar inmediatamente sin un leuro, ¿os es que los españoles las vamos a pasar canutas mientras unos atracadores del erario se van a seguir llevando nuestro pan?.<BR/><BR/>Si hace falta, como es natural, dejaremos de pagar impuestos al Estado que protege a criminaloes y separatistas, bien que lo saben. <BR/><BR/>¿Pero cuando y dónde se ha visto una cosa así de descarada en reyezuelos regionales?. En el delirio de los rateros, en el sueño de su avaricia, en la codicia de sus crímenes. <BR/><BR/>Todo eso ya les resulta una pesadilla de día y de noche, incluso están deseando que acabemos con ellos para dejar de sufrir. "Mejor un fin terrorífico que un terror sin fin," se les oye gemir por las esquinas.<BR/><BR/>Pero que tengan paciencia hasta que afilemos bien las espadas para asegurarnos que no levantarán nunca más la cabeza en la historia de ES-PA-ÑA.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8248718002189918912.post-28323631576613493252008-08-07T18:34:00.000+02:002008-08-07T18:34:00.000+02:00No os preocupeis estos están comprando con nuestro...No os preocupeis estos están comprando con nuestro dinero a los inmigrantes, para convertirlos a la causa nacionalista sin saber que los inmigrantes nunca se integrarán a una región cada vez más estupida... ellos se van de sus paises por lo mismo que los NAZIonalistas le ofrecen aqui.<BR/><BR/>Estos son unos cobardes de mierda, jamas conseguirán lo que se proponen y lo saben...pero mientras dure ellos viven del rollo.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8248718002189918912.post-13256724517847386792008-08-07T18:22:00.000+02:002008-08-07T18:22:00.000+02:00La lengua catalana pasará a las cloacas, en justo ...La lengua catalana pasará a las cloacas, en justo castigo por su perversa utilización como arma por los neonazis. <BR/><BR/>El catalán será erradicado de lo público y a lo sumo se permitirá la educación en esa lengua a QUIEN LO PIDA y a nadie más. <BR/><BR/>Ese es vuestro futuro caltalinos, catalanufos, catamierdas acartonados. Preparaos que vamos a invadiros. <BR/><BR/>TODO EN ESPAÑOL, LA LENGUA NACIONAL.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8248718002189918912.post-73507328094014544452008-08-07T16:22:00.000+02:002008-08-07T16:22:00.000+02:00no os day cuenta los catufos, que se puede ser esp...no os day cuenta los catufos, que se puede ser español, catalan y no amar la lengua catalana.<BR/>con una novia tenemos bastante. nos gusta la nuestra. no vuestra mujer.<BR/><BR/>¿os dais cuenta de que estais incubando catalanofobia?<BR/><BR/>a mi me da asco el idioma catalan y los pueblerinos que tratan de imponerla. ya estamos hartos de los miserables y malnacidos nacionalistas.<BR/><BR/>¿no os podiais haber conformado como todo el mundo a que el catalan sea lo que es: un idioma que se habla en una region de españa, y aceptar su cooficialidad?<BR/>Bastante teniais con que la gente no os dijera: perdona que esto es españa: en español<BR/><BR/>no os podiais conformar con eso. teniais que adueñaros de todo, discriminar a la gente y hacer de la lengua bandera, y de la bandera nacion.<BR/><BR/>yo maldigo a todos los que me han hecho y nos han hecho sentir a muchos, extranjeros en nuestro pais.<BR/><BR/>¿que es lo que habeis conseguido?<BR/>catalanofobia.<BR/>que la gente empiece a decir: "en español por favor"<BR/>ahora ya queremos todo, lo que es justo:<BR/>queremos administracion bilingue; rotulos oficiales bilingues; fuera la prueba de catalan en las oposiciones; queremos la bandera de españa en los ayuntamientos.<BR/><BR/>Si hay guerra peor para vosotros. deberiais verlas venir y pedir perdon, aunque yo nunca os voy a perdonar.<BR/><BR/>y pobre de vosotros que nos toqueis. va a ser ojo por diente, y cara por ojo.<BR/><BR/>ya no va a amendrantar a nadie un tiro en la pierna de nadie.<BR/>y por supuesto nadie nos va a callar.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8248718002189918912.post-8717523482269840482008-08-07T08:35:00.000+02:002008-08-07T08:35:00.000+02:00no hagais caso de los aquellos que sólo escriben a...no hagais caso de los aquellos que sólo escriben aquí para crispar... Se lo ponene fácil a los nacionalistas que sólo buscan y encuentran en este tipo de gente el mejor alimento para su "diferencia". Yo nací en Barcelona, hablo y pienso en valenciano/catalán/malorquín/occità/... indistintamente. Y soy tan español como Unamuno, Prim, Rosalía, Llull... o para quien no lo entienda, el jamón de jabugo. Creo que aquí hay gente que sólo está para alimentar su demencia y la vanidad del nacionalismo, y que sólo se representan a ellos -y su estupidez-, pero desde luego no a ESPAÑA... Únamonos y olvidemos a los cretinos. Pero hagamos frente a los otros cretinos; aquellos con poder, aquellos que subvierten la historia para separarnos y utilizan las "competencias exclusivas" como arma de su idiología excluyenteAnonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8248718002189918912.post-14859735673381196872008-08-05T18:39:00.000+02:002008-08-05T18:39:00.000+02:00Y aprende el idioma que tanto defiendes, que no sa...Y aprende el idioma que tanto defiendes, que no sabes ni escribir.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8248718002189918912.post-892757282643543252008-08-05T18:38:00.000+02:002008-08-05T18:38:00.000+02:00A, y nazi lo sera tu santa madre, desgraciadoA, y nazi lo sera tu santa madre, desgraciadoAnonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8248718002189918912.post-84191138963313080782008-08-05T18:37:00.000+02:002008-08-05T18:37:00.000+02:00Encima andaluz, hay esta la razón de tanta inutili...Encima andaluz, hay esta la razón de tanta inutilidad.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8248718002189918912.post-43301950195211615812008-08-05T17:42:00.000+02:002008-08-05T17:42:00.000+02:00No nos importa ser burros, subnormales o fascistas...No nos importa ser burros, subnormales o fascistas, lo que nos importa es que somos millones que nos comeremos crudos o con alioli a los nazis listos, educados y "razonables" como tú, purria, jejeje.<BR/><BR/>Eso, cretino nazirulo, es lo que nos importa y a vosotros también, porque no tenéis ni tropas ni huevos. <BR/><BR/>Hale, a sufrir, a quejarse y a decir ay ay ay ay ay....y espera que viene lo mejón, pisha.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8248718002189918912.post-28390333205466934762008-08-05T17:19:00.000+02:002008-08-05T17:19:00.000+02:00AL ULTIMO ANÓNIMO. Menudo subnormal estas hecho tu...AL ULTIMO ANÓNIMO.<BR/><BR/> Menudo subnormal estas hecho tu y tus "amigos", uno escribe algo educadamente, y recalcando que el castellano es la lengua comun de toda españa y vienes tu despues con tu cazurrismo (del castellano cazurro)a decir las animaladas que dices.<BR/> Mientras penseis de esa forma no me extraña que haya cada dia mas nacionalistas, o lo que aun es mas jodido, antiespañolistas.<BR/> Ale, ya te puedes ir con tus "amigos" a pastar al campo, BURRO, QUE ERES UN BURRO.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8248718002189918912.post-18094247578416982012008-08-05T13:23:00.000+02:002008-08-05T13:23:00.000+02:00Antiguo nazionata, eso ya está discutido y resuelt...Antiguo nazionata, eso ya está discutido y resuelto. Queda vernos las caras en el campo de batalla.<BR/><BR/>En cuanto a las lenguas, ayer me encontré a una y la hice desaparecer de un bofetón ¿qué te parece casposo?<BR/><BR/>Y tengo MILLONES de amigos TODOS ESPAÑOLES que vamos a por vosotros del tirón, ¡¡¡¡escóndete que vienen, ug ug, que vienen que vienen ug ug!!!<BR/><BR/>CORREEEEEEEEEEEEEE, que te pillan.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8248718002189918912.post-16741740021019049012008-08-05T13:15:00.000+02:002008-08-05T13:15:00.000+02:00Ustedes no tienen ni idea de lo que es una LENGUA ...Ustedes no tienen ni idea de lo que es una LENGUA EN PELIGRO DE DESAPARECER, estoy deacuerdo en que el castellano es la lengua común del estado, pero este manifiesto me parece totalmente innecesario y de una demagogia increible, en españa se hablaba antaño castellano, catalan, gallego, euskera, bable, etc, muchas de esas lenguas han desaparecido o estan en proceso de desaparecer por el nacionalismo castellano que impuso su lengua al resto de "reinos o territorios", y ustedes, en lugar de estar orgullosos de que en españa se hablen varios idiomas, algo que por otra parte hace de españa un territorio único y mucho mas interesante culturalmente hablando, se dedican a destrozar y perseguir al resto de lenguas del estado. No confundan ustedes el concepto independentismo (yo no lo soy)con cuestiones de tipo cultural, se puede uno sentir español y ademas amar la lengua catalana, gallega, euskera, etc.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8248718002189918912.post-89988221494294944562008-08-05T08:13:00.000+02:002008-08-05T08:13:00.000+02:00somos 6 millones de catalanes.... no deseamos ning...somos 6 millones de catalanes.<BR/><BR/>... no deseamos ninguna independencia, seguir como hasta ahora, si no hemos sido independientes, con todo lo que ha caído, ahora en democracia tampoco. <BR/><BR/>La independencia sería la dictadura para imponer la superioridad de la raza cat<BR/><BR/>A los ERC y todo sus séquitos mordaza, no sea que pase cosas como hizo Hitlet, aspiran a lo mismo superioridad de la raza catalana. Se meterán hasta con los que van a rezar matándolos como cuando la guerra civil. Solo por ir a rezar. Si los de ezquerra no rezan a los que no sean como de ezquerra los mataban eso en el siglo pasado, sin ir mas lejos. <BR/><BR/>Viva España y Europa. <BR/><BR/>Stop a los nazionalistas separatistas.<BR/><BR/>Stop al racismo en el siglo XXI<BR/><BR/>Viva la lengua común de todos los españoles y de 300 millones más.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8248718002189918912.post-10632507617706700592008-08-04T22:44:00.000+02:002008-08-04T22:44:00.000+02:00La incontenible diarrea de los nazionatas salpica ...La incontenible diarrea de los nazionatas salpica per tot arreu. <BR/><BR/>¡Y cómo no iba a ser así, tan pocos, catetos y salvajes!<BR/><BR/>¡¡¡¡¡¡¡A DÓNDE ESPERABAN LLEGAR ESTOS HITLERITOS!!!Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8248718002189918912.post-87871597005988658402008-08-04T21:34:00.000+02:002008-08-04T21:34:00.000+02:00De Wikipedia, la enciclopedia libreSaltar a navega...De Wikipedia, la enciclopedia libre<BR/>Saltar a navegación, búsqueda<BR/> <BR/>Portada de los Decretos de Nueva Planta <BR/>Los Decretos de Nueva Planta supusieron la abolición de hecho de las Constituciones catalanas (Constituciones catalanas de 1535)Los Decretos de Nueva Planta (abreviados DNP) son un conjunto de decretos por los cuales se cambió la organización territorial de los Reinos Hispánicos y se abolieron los fueros de los reinos de la Corona de Aragón, que habían luchado contra Felipe V de Borbón en la Guerra de Sucesión, de la misma manera que se disolvió la organización territorial en reinos de la Corona de Castilla y se anularon los fueros y libertades de sus municipios. Formalmente se trata de una serie de Reales Cédulas por las que se establece la "nueva planta" de las Reales Audiencias de los territorios de la Corona de Aragón y de Castilla. Todos ellos vienen precedidos de una abolición de las instituciones propias.<BR/><BR/>Tabla de contenidos [ocultar]<BR/>1 Los Decretos de Nueva Planta en la Corona de Aragón <BR/>2 Los Decretos de Nueva Planta en la Corona de Castilla[4] <BR/>2.1 Algunas fechas notables <BR/>2.2 Aplicación de la Nueva Planta en América hispana <BR/>3 Razones y efectos globales de los Decretos de Nueva Planta <BR/>3.1 Origen y desarrollo de las reformas <BR/>3.2 Resultado final <BR/>4 Referencias <BR/>5 Enlaces externos <BR/> <BR/><BR/><BR/> Los Decretos de Nueva Planta en la Corona de Aragón [editar]Fueron promulgados por el rey Felipe V de España, tras su victoria en la Guerra de Sucesión sobre Archiduque Carlos, pretendiente de la Casa de Austria. Imponen la organización político-administrativa de Castilla a los territorios de la antigua corona de Aragón. Su promulgación, más que una medida innovadora surgida de las coyunturas de la guerra, es la evolución de proyectos anteriores que habían fracasado, como el del Conde Duque de Olivares, causa de la guerra de 1640.[1]<BR/><BR/>Casi todos los territorios de la Corona de Aragón habían sido partidarios del pretendiente Carlos. Los Decretos de Nueva Planta tuvieron la finalidad y el efecto de castigar a los que se habían alineado en contra del rey Felipe V, aludiendo al "derecho de conquista" como se cita en el primero de los Decretos. Abolieron casi todos los antiguos fueros propios de los reinos y condados de la Corona de Aragón (excepto en el Valle de Arán) y extendieron una nueva organización político-administrativa basada en la de Castilla[1] para todos sus dominios y obligaron al uso del castellano como lengua administrativa a casi todas las instituciones que no la usaban, siguiendo el modelo centralista que la monarquía absolutista francesa había adoptado desde el reinado de Francisco I.<BR/><BR/>Como consecuencia de un cambio en el escenario político internacional, al recibir Carlos de Austria el Imperio por la muerte de su hermano y heredero José, las potencias europeas acuerdan que Felipe V continúe en el trono a cambio de una serie de contraprestaciones territoriales, que a la postre supondrá la liquidación de los territorios Europeos del Imperio Hispánico.<BR/><BR/>Dentro de los avances y retrocesos de la contienda se publicaron el 29 de junio de 1707 los decretos de Aragón y Valencia, teniendo como resultado la abolición de todo[2] el sistema legislativo e institucional de ambos reinos.<BR/><BR/>El 13 de abril de 1711 se dictó un segundo decreto por el que se restablecía parte del derecho aragonés otorgándose una nueva organización planta a la Audiencia de Zaragoza. En el caso de Aragón la asimilación castellana fue menos traumática, puesto que el idioma propio, el aragonés, había sido sustituido en la administración por el castellano, a través de la influencia de los Trastámara que ocupaban el trono aragonés.[3]<BR/><BR/>El tercero, de 1715, el de Mallorca se publicó el 28 de noviembre de 1715, siendo más complaciente y fruto de una actitud más negociadora.<BR/><BR/>El cuarto decreto que afectaba sólo a Cataluña se dictó el 9 de octubre de 1715, despachado por Real Cédula con fecha de 16 de enero de 1716.<BR/><BR/>Abolía la Generalidad de Cataluña, las Cortes, el Consejo de Ciento. <BR/>Además se sustituía al virrey por un capitán general, al igual que en el resto de los reinos de la Corona de Aragón, y se dividía Cataluña en doce corregidurías, como Castilla y no en las tradicionales vegueries, no obstante los batlles se mantienen. <BR/>Se prohíben los somatenes (milicias populares de Cataluña). <BR/>Se estableció el catastro gravando propiedades urbanas y rurales y los beneficios del trabajo, el comercio y la industria. <BR/>Igualmente, el idioma oficial de la administración dejó de ser el catalán y fue sustituido por el castellano, aplicándose desde entonces obligatoriamente en las escuelas y juzgados. <BR/>También se cerraron las universidades catalanas que apoyaron al archiduque Carlos, trasladándose a Cervera, que se había mantenido fiel a Felipe V. <BR/>El decreto mantiene el derecho civil, penal y procesal, al igual que el Consulado del Mar y la jurisdicción que éste ejercía, y no afectó al régimen político-administrativo del Valle de Arán por lo que este no fue éste incorporado a ninguno de los nuevos corregimientos en que se dividió el Principado de Cataluña.<BR/><BR/>En resumen, como resultado de los decretos, los antiguos reinos de la Corona de Aragón, perdieron sus instituciones político-administrativas aunque, salvo Valencia, mantuvieron su derecho privado propio. No fueron una adaptación total a las leyes de Castilla, ya que además, mantuvieron un régimen tributario diferente al castellano, y Cataluña siguió gozando de la exención de quintas.[1] Se implantó el absolutismo. Las cortes fueron disueltas[1] y se concedió a algunas poblaciones el derecho de asistir a las cortes castellanas, que se convierten en cortes comunes a toda España, salvo Navarra. En 1709 asistieron a las Cortes representantes de Aragón y Valencia, y a las de 1724, también asistieron representantes de Cataluña.[1] Se modificaron los mecanismos de elección de los gobiernos municipales adaptándolos a las normas de Castilla[1] . Los munidicipios importantes pasaron a ser regidos por un corregidor, y los cabildos locales por un regidor[1] , que en Aragón pasaron a ser hereditarios, por lo que, a finales del siglo XVIII casi todos los cargos estaban ocupados por miembros de la nobleza.[1] Los battles locales, que ayudaban a los regidores, eran nombrados cada año por la Audiencia.<BR/><BR/><BR/> Los Decretos de Nueva Planta en la Corona de Castilla[4] [editar]Similares documentos, también conocidos como Decretos de Nueva Planta,[5] fueron publicados para la reordenación de las Reales Audiencias y Reales chancillerías en la Corona de Castilla y sus territorios, ahora organizados en provincias e intendencias, y desapareciendo los reinos tradicionales para siempre.[6] Estos decretos supusieron el toque de gracia de la polisinodia hispánica,[7] sistema de gobierno de España establecido en tiempo de los Reyes Católicos y basado en el respeto a las tradiciones jurídicas de cada territorio de la Corona, y caracterizado por la creación de los Consejos, aunque no desaparecería hasta la Constitución de 1812.<BR/><BR/>El 10 de noviembre de 1713 se publica el Real Decreto sobre la planta del Consejo y sus Tribunales, para la reforma de los consejos de Estado, de Castilla, de Hacienda y de Indias, y otro similar en 1714 se aplicará al Consejo de Guerra. Por esta normativa, el Consejo de Estado es privado de todas sus funciones que pasan al Consejo de Castilla, institución a la que también se había incorporado el antiguo Consejo de Aragón, según el Decreto aragonés. Con estos decretos de Nueva Planta, o nueva organización, se realiza una reforma el Consejo de Castilla para convertirlo en órgano superior de la estructura monárquica, a modo de consejo de gobierno, y el resto de los consejos (Guerra, Indias, Hacienda, Inquisición) pasan a ver muy menguadas sus funciones. El Consejo de Castilla pierde, de esta manera, su carácter territorial específico.[8]<BR/><BR/>Por Real Cédula del 4 de agosto de 1715 se anula el Real decreto de 10 de noviembre de 1713 en lo referente a Hacienda[9]<BR/><BR/>El 9 de junio de 1715 se reconoce que la nueva planta ha originado confusión, por lo que se restablece el modelo tradicional para el Real y Supremo Consejo de Castilla, que sigue ostentando el papel primordial que siempre había tenido en la Administración Pública. El presidente, como presidente de Castilla, es el segundo magistrado después del Rey, preside las Cortes y el Consejo de Órdenes, y, hasta Carlos III, el cargo tiene carácter vitalicio.[1]<BR/><BR/>Un efecto de la aplicación de la Nueva Planta en la Corona aragonesa fue la supresión de las Cortes de los reinos. A partir de ese momento, los representatnes de los reinos de la Corona de Aragón se reunirán en unas cortes únicas, comunes a toda España salvo Navarra. Las reuniones celebradas en el siglo XVIII, como cortes generales el reino, solo se hicieron para hacer las peticiones que el rey deseaba y para jurar al heredero del reino. Desaparece la legislación de Cortes, y el derecho se crea solo a través de Reales Órdenes y Decretos, desapareciendo poco a poco las pragmáticas.<BR/><BR/>Para los reinos castellanos estas leyes suponen la anulación de las idiosincrasias particulares[10] y de los fueros y libertades de los municipios, y la conversión del derecho común castellano en corpus doctrinal de las leyes para todos los territorios de la Corona. Es más, su principal institución de gobierno, el Consejo de Castilla, pasa a convertirse en efectivo gobierno del Reino de España, excepto Navarra. Desaparece el privilegio de extranjería —impuesta en el decreto aragonés—, que impedía, por ejemplo, que un castellano ocupara un cargo en Aragón, o que un aragonés lo hiciese en Castilla.<BR/><BR/><BR/> Algunas fechas notables [editar]6 de marzo de 1701. Felipe V establece que el Consejo de Castilla quede formado por el Presidente o Gobernador, 20 oidores y el fiscal, para sus cuatro salas, confirmando el decreto de Carlos II de 17 de julio de 1691.[1] <BR/>10 de noviembre de 1713, confirmado y ampliado por declaraciones de 1 de mayo y 16 de diciembre de 1714. Se da nueva planta a los consejos.[1] <BR/>9 de junio de 1715. Visto que la nueva planta ha ocasionado desórdenes y confusión, se vuelven a establecer los consejos según el modelo tradicional.[1] <BR/><BR/> Aplicación de la Nueva Planta en América hispana [editar]Indias también fue afectada por las reformas. Los tres primeros decretos (1717 y 1718) crearon el Virreinato de Nueva Granada y pasan a abolir la encomienda y se modifica la organización interna de los virreinatos, gobernaciones y capitanías generales.<BR/><BR/>En 1719 se reforma el Consejo de Indias, que ve reducida su actuación a lo judicial, y supone, de hecho, la casi abolición de las Leyes de Indias: con la aplicación preferente del derecho común castellano, el efecto de la desaparición de los privilegios jurídicos de los indios en la sociedad virreinal es muy perjudicial para estas comunidades, ahora indefensas ante la presión de los criollos.[11]<BR/><BR/>Aunque no relacionado con los decretos de nueva planta, sino por la pérdida de calado del río Guadalquivir, en 1707 se traslada la Casa de la Contratación y la exclusividad del comercio de Indias a Cádiz en detrimento de Sevilla, exclusividad que se mantiene hasta el tercer cuarto del siglo (1778), aunque la desaparción del derecho de extranjería permite a los comerciantes de cualquier procedencia española, especialmente catalanes, a realizar expediciones comerciales propias a América, sin dependencia de ningún asentador castellano.[12]<BR/><BR/><BR/> Razones y efectos globales de los Decretos de Nueva Planta [editar]La llegada de los Borbones a la Corona española supuso un cambio radical en la concepción del Estado: desde que los Reyes Católicos firmaran el segundo Tratado de los Toros de Guisando, se había establecido que los ocupantes de las coronas españolas reunirían sus territorios in persona regis, manteniendo cada uno de ellos sus particularidades jurídicas y de gobierno. Estas peculiaridades fueron conservadas, aunque con modificaciones, por la Casa de Austria, pero esta organización demostró durante la Guerra de los Treinta Años su incapacidad para funcionar como potencia internacional, que terminaría con la liquidación definitiva de la hegemonía española, tras la Guerra de Sucesión en los tratados de Utrecht y Rastadt.<BR/><BR/><BR/> Origen y desarrollo de las reformas [editar]Al recibir los territorios de Carlos II en herencia, y tras la guerra de sucesión, Felipe de Anjou y sus consejeros, apoyados por la corte del Rey Sol, abordan la modificación del estatus jurídico y administrativo de sus territorios, para acercarlo al eficiente modelo centralista y absolutista de Luis XIV. Para desarrollar este programa político era necesario:<BR/><BR/>Unificar las formas de gobierno en todos los territorios: esto significa la desaparición de determinadas instituciones y el nacimiento de otras nuevas y la centralización del poder en las manos del monarca. <BR/>Unificar los contenidos del derecho público y privado, es decir, crear un corpus jurídico común: esto significa la abolición de la mayor parte de los fueros, regímenes jurídicos personalistas y privilegios de personas, poblaciones y territorios. <BR/>Eliminar los privilegios de extranjería: esto significa la «creación» de una sola nacionalidad jurídica española, que no distingue ya entre castellanos y aragoneses (Portugal, Flandes y Nápoles ya se han perdido; el Nuevo Mundo forma parte de la Corona de Castilla) y el ejercicio del poder compartido entre personas de todas las procedencias del Reino. <BR/>Reordenar e igualar los estamentos sociales en todos los territorios: esto significa la desaparición definitiva de la servidumbre en Cataluña, pero también la pérdida de derechos por las clases populares castellanas y americanas (sobre todo, los indígenas). <BR/>Crear nuevas instituciones de gobierno que respondan a esta nueva organización: esto significa el fin de la polisinodia hispánica. <BR/>El contenido de la reforma sigue, además, una serie de criterios:<BR/><BR/>Asegurar el poder supremo del Rey. Para demostrarlo, por ejemplo, Felipe V otorga la "gracia" del mantenimiento de los fueros particulares vascongados y navarros. <BR/>Someter a todos sus súbditos a un mismo ordenamiento jurídico. <BR/>Mantener, hasta el límite de lo posible, las divisiones, instituciones y nombres tradicionales. De esta manera, por ejemplo, el Consejo de Indias, aunque mantenga su nombre, pasa a ser únicamente un Tribunal Supremo para los pleitos de Indias, en cuanto las Leyes de Indias entran en conflicto con el derecho común castellano, mientras que la mayoría de sus funciones anteriores pasan a ser responsabilidad de la secretaría de Estado de Indias[1] . <BR/>Realizar los menos cambios legislativos posibles. Por eso se reforman fundamentalmente las Reales Audiencias y se adopta el Fuero Juzgo y las Siete Partidas como base, ya que el derecho castellano es el mayoritario entre los súbditos del Rey (la diferencia de población entre las dos Coronas es de 10 a 1 a favor de Castilla) y porque tiene eliminados los resabios medievales (ordenaciones feudales), porque está más unificado y tiene incorporado plenamente el Derecho Romano.[13] <BR/><BR/> Resultado final [editar]Una vez aplicada esta serie de decretos, los territorios del rey de España quedan unificados jurídica y estructuralmente. Esto supone:<BR/><BR/>La desaparición de los antiguos reinos (salvo el de Navarra) y el nacimiento de las provincia en la Península[14] y la generalización y la reorganización interna de los virreinatos, gobernaciones y capitanías generales en América.[15] <BR/>También el gobierno y la hacienda del Reino quedan unificados (salvo las excepciones que Felipe V quiso mantener para vascongados, navarros y araneses). <BR/>Que el Consejo de Castilla (solo "de Castilla" en el nombre) pasa a asumir todas las tareas de gobierno (salvo en Navarra) y, con el tiempo, será origen del consejo de secretarios (de ministros). El resto de consejos ven reducida su labor a aspectos judiciales y se les quitan las atribuciones gubernativas en beneficio de las secretarías de Estado[1] . <BR/>Oficialmente, la creación de unas nuevas Cortes españolas, siguiendo el modelo representativo de Castilla, a las que se suman representantes de Aragón, Valencia, Cataluña y Mallorca. <BR/>La aplicación de un solo derecho común para todos los súbditos, con la consiguiente anulación de usos y costumbres y de privilegios particulares (siempre que entren en conflicto con la legislación común) y la unificación del derecho procesal español.[16] <BR/>La aplicación de una sola lengua administrativa: el castellano. Esto tiene excepciones en algunas instituciones locales catalanas y valencianas (por ejemplo, el Tribunal de las Aguas de Valencia) y en la Sala de Vizcaya[17] de la Real Chancillería de Valladolid.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8248718002189918912.post-69861332639649841952008-08-04T21:31:00.000+02:002008-08-04T21:31:00.000+02:00De Wikipedia, la enciclopedia libreSaltar a navega...De Wikipedia, la enciclopedia libre<BR/>Saltar a navegación, búsqueda<BR/> <BR/>Portada de los Decretos de Nueva Planta <BR/>Los Decretos de Nueva Planta supusieron la abolición de hecho de las Constituciones catalanas (Constituciones catalanas de 1535)Los Decretos de Nueva Planta (abreviados DNP) son un conjunto de decretos por los cuales se cambió la organización territorial de los Reinos Hispánicos y se abolieron los fueros de los reinos de la Corona de Aragón, que habían luchado contra Felipe V de Borbón en la Guerra de Sucesión, de la misma manera que se disolvió la organización territorial en reinos de la Corona de Castilla y se anularon los fueros y libertades de sus municipios. Formalmente se trata de una serie de Reales Cédulas por las que se establece la "nueva planta" de las Reales Audiencias de los territorios de la Corona de Aragón y de Castilla. Todos ellos vienen precedidos de una abolición de las instituciones propias.<BR/><BR/>Tabla de contenidos [ocultar]<BR/>1 Los Decretos de Nueva Planta en la Corona de Aragón <BR/>2 Los Decretos de Nueva Planta en la Corona de Castilla[4] <BR/>2.1 Algunas fechas notables <BR/>2.2 Aplicación de la Nueva Planta en América hispana <BR/>3 Razones y efectos globales de los Decretos de Nueva Planta <BR/>3.1 Origen y desarrollo de las reformas <BR/>3.2 Resultado final <BR/>4 Referencias <BR/>5 Enlaces externos <BR/> <BR/><BR/><BR/> Los Decretos de Nueva Planta en la Corona de Aragón [editar]Fueron promulgados por el rey Felipe V de España, tras su victoria en la Guerra de Sucesión sobre Archiduque Carlos, pretendiente de la Casa de Austria. Imponen la organización político-administrativa de Castilla a los territorios de la antigua corona de Aragón. Su promulgación, más que una medida innovadora surgida de las coyunturas de la guerra, es la evolución de proyectos anteriores que habían fracasado, como el del Conde Duque de Olivares, causa de la guerra de 1640.[1]<BR/><BR/>Casi todos los territorios de la Corona de Aragón habían sido partidarios del pretendiente Carlos. Los Decretos de Nueva Planta tuvieron la finalidad y el efecto de castigar a los que se habían alineado en contra del rey Felipe V, aludiendo al "derecho de conquista" como se cita en el primero de los Decretos. Abolieron casi todos los antiguos fueros propios de los reinos y condados de la Corona de Aragón (excepto en el Valle de Arán) y extendieron una nueva organización político-administrativa basada en la de Castilla[1] para todos sus dominios y obligaron al uso del castellano como lengua administrativa a casi todas las instituciones que no la usaban, siguiendo el modelo centralista que la monarquía absolutista francesa había adoptado desde el reinado de Francisco I.<BR/><BR/>Como consecuencia de un cambio en el escenario político internacional, al recibir Carlos de Austria el Imperio por la muerte de su hermano y heredero José, las potencias europeas acuerdan que Felipe V continúe en el trono a cambio de una serie de contraprestaciones territoriales, que a la postre supondrá la liquidación de los territorios Europeos del Imperio Hispánico.<BR/><BR/>Dentro de los avances y retrocesos de la contienda se publicaron el 29 de junio de 1707 los decretos de Aragón y Valencia, teniendo como resultado la abolición de todo[2] el sistema legislativo e institucional de ambos reinos.<BR/><BR/>El 13 de abril de 1711 se dictó un segundo decreto por el que se restablecía parte del derecho aragonés otorgándose una nueva organización planta a la Audiencia de Zaragoza. En el caso de Aragón la asimilación castellana fue menos traumática, puesto que el idioma propio, el aragonés, había sido sustituido en la administración por el castellano, a través de la influencia de los Trastámara que ocupaban el trono aragonés.[3]<BR/><BR/>El tercero, de 1715, el de Mallorca se publicó el 28 de noviembre de 1715, siendo más complaciente y fruto de una actitud más negociadora.<BR/><BR/>El cuarto decreto que afectaba sólo a Cataluña se dictó el 9 de octubre de 1715, despachado por Real Cédula con fecha de 16 de enero de 1716.<BR/><BR/>Abolía la Generalidad de Cataluña, las Cortes, el Consejo de Ciento. <BR/>Además se sustituía al virrey por un capitán general, al igual que en el resto de los reinos de la Corona de Aragón, y se dividía Cataluña en doce corregidurías, como Castilla y no en las tradicionales vegueries, no obstante los batlles se mantienen. <BR/>Se prohíben los somatenes (milicias populares de Cataluña). <BR/>Se estableció el catastro gravando propiedades urbanas y rurales y los beneficios del trabajo, el comercio y la industria. <BR/>Igualmente, el idioma oficial de la administración dejó de ser el catalán y fue sustituido por el castellano, aplicándose desde entonces obligatoriamente en las escuelas y juzgados. <BR/>También se cerraron las universidades catalanas que apoyaron al archiduque Carlos, trasladándose a Cervera, que se había mantenido fiel a Felipe V. <BR/>El decreto mantiene el derecho civil, penal y procesal, al igual que el Consulado del Mar y la jurisdicción que éste ejercía, y no afectó al régimen político-administrativo del Valle de Arán por lo que este no fue éste incorporado a ninguno de los nuevos corregimientos en que se dividió el Principado de Cataluña.<BR/><BR/>En resumen, como resultado de los decretos, los antiguos reinos de la Corona de Aragón, perdieron sus instituciones político-administrativas aunque, salvo Valencia, mantuvieron su derecho privado propio. No fueron una adaptación total a las leyes de Castilla, ya que además, mantuvieron un régimen tributario diferente al castellano, y Cataluña siguió gozando de la exención de quintas.[1] Se implantó el absolutismo. Las cortes fueron disueltas[1] y se concedió a algunas poblaciones el derecho de asistir a las cortes castellanas, que se convierten en cortes comunes a toda España, salvo Navarra. En 1709 asistieron a las Cortes representantes de Aragón y Valencia, y a las de 1724, también asistieron representantes de Cataluña.[1] Se modificaron los mecanismos de elección de los gobiernos municipales adaptándolos a las normas de Castilla[1] . Los munidicipios importantes pasaron a ser regidos por un corregidor, y los cabildos locales por un regidor[1] , que en Aragón pasaron a ser hereditarios, por lo que, a finales del siglo XVIII casi todos los cargos estaban ocupados por miembros de la nobleza.[1] Los battles locales, que ayudaban a los regidores, eran nombrados cada año por la Audiencia.<BR/><BR/><BR/> Los Decretos de Nueva Planta en la Corona de Castilla[4] [editar]Similares documentos, también conocidos como Decretos de Nueva Planta,[5] fueron publicados para la reordenación de las Reales Audiencias y Reales chancillerías en la Corona de Castilla y sus territorios, ahora organizados en provincias e intendencias, y desapareciendo los reinos tradicionales para siempre.[6] Estos decretos supusieron el toque de gracia de la polisinodia hispánica,[7] sistema de gobierno de España establecido en tiempo de los Reyes Católicos y basado en el respeto a las tradiciones jurídicas de cada territorio de la Corona, y caracterizado por la creación de los Consejos, aunque no desaparecería hasta la Constitución de 1812.<BR/><BR/>El 10 de noviembre de 1713 se publica el Real Decreto sobre la planta del Consejo y sus Tribunales, para la reforma de los consejos de Estado, de Castilla, de Hacienda y de Indias, y otro similar en 1714 se aplicará al Consejo de Guerra. Por esta normativa, el Consejo de Estado es privado de todas sus funciones que pasan al Consejo de Castilla, institución a la que también se había incorporado el antiguo Consejo de Aragón, según el Decreto aragonés. Con estos decretos de Nueva Planta, o nueva organización, se realiza una reforma el Consejo de Castilla para convertirlo en órgano superior de la estructura monárquica, a modo de consejo de gobierno, y el resto de los consejos (Guerra, Indias, Hacienda, Inquisición) pasan a ver muy menguadas sus funciones. El Consejo de Castilla pierde, de esta manera, su carácter territorial específico.[8]<BR/><BR/>Por Real Cédula del 4 de agosto de 1715 se anula el Real decreto de 10 de noviembre de 1713 en lo referente a Hacienda[9]<BR/><BR/>El 9 de junio de 1715 se reconoce que la nueva planta ha originado confusión, por lo que se restablece el modelo tradicional para el Real y Supremo Consejo de Castilla, que sigue ostentando el papel primordial que siempre había tenido en la Administración Pública. El presidente, como presidente de Castilla, es el segundo magistrado después del Rey, preside las Cortes y el Consejo de Órdenes, y, hasta Carlos III, el cargo tiene carácter vitalicio.[1]<BR/><BR/>Un efecto de la aplicación de la Nueva Planta en la Corona aragonesa fue la supresión de las Cortes de los reinos. A partir de ese momento, los representatnes de los reinos de la Corona de Aragón se reunirán en unas cortes únicas, comunes a toda España salvo Navarra. Las reuniones celebradas en el siglo XVIII, como cortes generales el reino, solo se hicieron para hacer las peticiones que el rey deseaba y para jurar al heredero del reino. Desaparece la legislación de Cortes, y el derecho se crea solo a través de Reales Órdenes y Decretos, desapareciendo poco a poco las pragmáticas.<BR/><BR/>Para los reinos castellanos estas leyes suponen la anulación de las idiosincrasias particulares[10] y de los fueros y libertades de los municipios, y la conversión del derecho común castellano en corpus doctrinal de las leyes para todos los territorios de la Corona. Es más, su principal institución de gobierno, el Consejo de Castilla, pasa a convertirse en efectivo gobierno del Reino de España, excepto Navarra. Desaparece el privilegio de extranjería —impuesta en el decreto aragonés—, que impedía, por ejemplo, que un castellano ocupara un cargo en Aragón, o que un aragonés lo hiciese en Castilla.<BR/><BR/><BR/> Algunas fechas notables [editar]6 de marzo de 1701. Felipe V establece que el Consejo de Castilla quede formado por el Presidente o Gobernador, 20 oidores y el fiscal, para sus cuatro salas, confirmando el decreto de Carlos II de 17 de julio de 1691.[1] <BR/>10 de noviembre de 1713, confirmado y ampliado por declaraciones de 1 de mayo y 16 de diciembre de 1714. Se da nueva planta a los consejos.[1] <BR/>9 de junio de 1715. Visto que la nueva planta ha ocasionado desórdenes y confusión, se vuelven a establecer los consejos según el modelo tradicional.[1] <BR/><BR/> Aplicación de la Nueva Planta en América hispana [editar]Indias también fue afectada por las reformas. Los tres primeros decretos (1717 y 1718) crearon el Virreinato de Nueva Granada y pasan a abolir la encomienda y se modifica la organización interna de los virreinatos, gobernaciones y capitanías generales.<BR/><BR/>En 1719 se reforma el Consejo de Indias, que ve reducida su actuación a lo judicial, y supone, de hecho, la casi abolición de las Leyes de Indias: con la aplicación preferente del derecho común castellano, el efecto de la desaparición de los privilegios jurídicos de los indios en la sociedad virreinal es muy perjudicial para estas comunidades, ahora indefensas ante la presión de los criollos.[11]<BR/><BR/>Aunque no relacionado con los decretos de nueva planta, sino por la pérdida de calado del río Guadalquivir, en 1707 se traslada la Casa de la Contratación y la exclusividad del comercio de Indias a Cádiz en detrimento de Sevilla, exclusividad que se mantiene hasta el tercer cuarto del siglo (1778), aunque la desaparción del derecho de extranjería permite a los comerciantes de cualquier procedencia española, especialmente catalanes, a realizar expediciones comerciales propias a América, sin dependencia de ningún asentador castellano.[12]<BR/><BR/><BR/> Razones y efectos globales de los Decretos de Nueva Planta [editar]La llegada de los Borbones a la Corona española supuso un cambio radical en la concepción del Estado: desde que los Reyes Católicos firmaran el segundo Tratado de los Toros de Guisando, se había establecido que los ocupantes de las coronas españolas reunirían sus territorios in persona regis, manteniendo cada uno de ellos sus particularidades jurídicas y de gobierno. Estas peculiaridades fueron conservadas, aunque con modificaciones, por la Casa de Austria, pero esta organización demostró durante la Guerra de los Treinta Años su incapacidad para funcionar como potencia internacional, que terminaría con la liquidación definitiva de la hegemonía española, tras la Guerra de Sucesión en los tratados de Utrecht y Rastadt.<BR/><BR/><BR/> Origen y desarrollo de las reformas [editar]Al recibir los territorios de Carlos II en herencia, y tras la guerra de sucesión, Felipe de Anjou y sus consejeros, apoyados por la corte del Rey Sol, abordan la modificación del estatus jurídico y administrativo de sus territorios, para acercarlo al eficiente modelo centralista y absolutista de Luis XIV. Para desarrollar este programa político era necesario:<BR/><BR/>Unificar las formas de gobierno en todos los territorios: esto significa la desaparición de determinadas instituciones y el nacimiento de otras nuevas y la centralización del poder en las manos del monarca. <BR/>Unificar los contenidos del derecho público y privado, es decir, crear un corpus jurídico común: esto significa la abolición de la mayor parte de los fueros, regímenes jurídicos personalistas y privilegios de personas, poblaciones y territorios. <BR/>Eliminar los privilegios de extranjería: esto significa la «creación» de una sola nacionalidad jurídica española, que no distingue ya entre castellanos y aragoneses (Portugal, Flandes y Nápoles ya se han perdido; el Nuevo Mundo forma parte de la Corona de Castilla) y el ejercicio del poder compartido entre personas de todas las procedencias del Reino. <BR/>Reordenar e igualar los estamentos sociales en todos los territorios: esto significa la desaparición definitiva de la servidumbre en Cataluña, pero también la pérdida de derechos por las clases populares castellanas y americanas (sobre todo, los indígenas). <BR/>Crear nuevas instituciones de gobierno que respondan a esta nueva organización: esto significa el fin de la polisinodia hispánica. <BR/>El contenido de la reforma sigue, además, una serie de criterios:<BR/><BR/>Asegurar el poder supremo del Rey. Para demostrarlo, por ejemplo, Felipe V otorga la "gracia" del mantenimiento de los fueros particulares vascongados y navarros. <BR/>Someter a todos sus súbditos a un mismo ordenamiento jurídico. <BR/>Mantener, hasta el límite de lo posible, las divisiones, instituciones y nombres tradicionales. De esta manera, por ejemplo, el Consejo de Indias, aunque mantenga su nombre, pasa a ser únicamente un Tribunal Supremo para los pleitos de Indias, en cuanto las Leyes de Indias entran en conflicto con el derecho común castellano, mientras que la mayoría de sus funciones anteriores pasan a ser responsabilidad de la secretaría de Estado de Indias[1] . <BR/>Realizar los menos cambios legislativos posibles. Por eso se reforman fundamentalmente las Reales Audiencias y se adopta el Fuero Juzgo y las Siete Partidas como base, ya que el derecho castellano es el mayoritario entre los súbditos del Rey (la diferencia de población entre las dos Coronas es de 10 a 1 a favor de Castilla) y porque tiene eliminados los resabios medievales (ordenaciones feudales), porque está más unificado y tiene incorporado plenamente el Derecho Romano.[13] <BR/><BR/> Resultado final [editar]Una vez aplicada esta serie de decretos, los territorios del rey de España quedan unificados jurídica y estructuralmente. Esto supone:<BR/><BR/>La desaparición de los antiguos reinos (salvo el de Navarra) y el nacimiento de las provincia en la Península[14] y la generalización y la reorganización interna de los virreinatos, gobernaciones y capitanías generales en América.[15] <BR/>También el gobierno y la hacienda del Reino quedan unificados (salvo las excepciones que Felipe V quiso mantener para vascongados, navarros y araneses). <BR/>Que el Consejo de Castilla (solo "de Castilla" en el nombre) pasa a asumir todas las tareas de gobierno (salvo en Navarra) y, con el tiempo, será origen del consejo de secretarios (de ministros). El resto de consejos ven reducida su labor a aspectos judiciales y se les quitan las atribuciones gubernativas en beneficio de las secretarías de Estado[1] . <BR/>Oficialmente, la creación de unas nuevas Cortes españolas, siguiendo el modelo representativo de Castilla, a las que se suman representantes de Aragón, Valencia, Cataluña y Mallorca. <BR/>La aplicación de un solo derecho común para todos los súbditos, con la consiguiente anulación de usos y costumbres y de privilegios particulares (siempre que entren en conflicto con la legislación común) y la unificación del derecho procesal español.[16] <BR/>La aplicación de una sola lengua administrativa: el castellano. Esto tiene excepciones en algunas instituciones locales catalanas y valencianas (por ejemplo, el Tribunal de las Aguas de Valencia) y en la Sala de Vizcaya[17] de la Real Chancillería de Valladolid.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8248718002189918912.post-88616903490345360932008-07-21T11:36:00.000+02:002008-07-21T11:36:00.000+02:00Capullos sabios catalanufos, andás perdiendo the t...Capullos sabios catalanufos, andás perdiendo the time.<BR/><BR/>Disponeos a sufrir la avalancha en DIRECTO de CASTELLANOS INVASORES, donde nos incluimos los extranjeros habladores de la lengua del IMPERIO ARGENTIMO y de otras razas libérrimas e inclitas, que darán acabado y justo fin a vuestros delirios de hitleritos paletos. <BR/><BR/>Atenta la Cia.... ¡¡¡A POR ELLOS !!!!<BR/><BR/>VIVA LA ROJIGUALDA, ARRIBA LA NACIÓN ESPAÑOLA, MUERTE A LOS SEPARATISTAS ASESINOS. <BR/><BR/>(Se alquilan agujeros para ratas, razón en el reino catalunufo, rápido que se agotan)Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8248718002189918912.post-8076404749404895412008-07-21T10:52:00.000+02:002008-07-21T10:52:00.000+02:00Jobar que fuerte. No me imaginaba que hubiera tant...Jobar que fuerte. No me imaginaba que hubiera tanta gente así. Odian lo diferente porque son incapaces de entenderlo. El castellano en peligro por las lenguas perifericas. Jeje, que cachondos. Estoy viendo ahora mismo una foto del autobus de la seleccion española cuando fue a celebrar la victoria en la Eurocopa. Banderas españolas por doquier y el lema bien grande pintado por todo dicho autobus: "Impossible is nothing".Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8248718002189918912.post-60104013546869929672008-07-14T01:57:00.000+02:002008-07-14T01:57:00.000+02:00Es muy facil la respuesta: Todo aquel que no respe...Es muy facil la respuesta: Todo aquel que no respeta todo lo que es diferente a él.<BR/><BR/>Porcierto, soy el anonimo de los post largos. Si pongo anonmo es pq me pide cuentas que no tengo, no por nada más...<BR/><BR/>En cuanto a lo de los 8 años, me parece lamentable que se diga eso, cuando yo empece a estudiar castellano como asignatura a los 5 años. Así que quizá el problema está, o una de dos, que no sabeis escojer el colegio o que estais cargados de mentiras que aprovechais para vuesteros discursos.<BR/><BR/>Para el que me ha dicho lo de cela: en su "intimidad", parafraseando a otro que tambien os debe parecer un intelectual, hablaba gallego.Quizá deberías tu revisar tus fuentes, o quizá simplemente aprender a leer. Era por eso un adoctrinado? o es simplemente un intocable por ser quien fue?<BR/><BR/>Otra cosita para el mismo individuo: respecto a esto: "quienes utilizan el catalán de forma exclusiva sí lo son, porque para ellos la lengua no es sólo una forma de expresarse o comunicarse, sino un instrumento politico para conseguir sus objetivos segregacionistas." buen intento demagógico pero conmigo no funciona. La mayoria de mis amigos usan el catala de forma exclusiva y la politica se la trae completamente floja halando en plata... hasta que no entendais que es un idioma más no entendereis nada. Demasiado miedo a lo desconocido teneis.<BR/><BR/>En cuanto al que dice que solo hablamos catalan y que no encontramos trabajo, solo decir que una perosna bilingue tiene seria ventaja para aprender idiomas por encima de una perosna que solo habla un idioma. Quizá por eso los ciudadanos catalanes somos los mas valorados en europa de entre todos los españoles. Quien crea que los españoles (y aqui incluyo a TODOS) no SOMOS la verguenza de europa que me diga en que mundo vive.<BR/><BR/>Dedicado a los que no insultan (que se agradece): por vuestra forma de escribir no pareceis tontos ni mucho menos pero respecto a este tema demostrais una ignorancia absoluta. Pq os creeis tanto lo que os dicen? pareceis corderos siguiendo al pastor. Venid aqui y comprobadlo. Si de verdad creeis que el castellano esta perseguido teneis un grave problema...de buen royo lo digo, pero no vivis la realidad, sino la realidad que algunos quieren que vivais. Decis que nos dejamos llevar por los politicos y no os dais cuenta que vostros soys los primeros que hablais sin conocimiento de causa.<BR/><BR/>Enserio, no entiendo como podeis haceros llamar intelectuales. Y lo peor de todo es que os sigue la masa más ignorante,os devería hacer pensar eso... (lo digo por los que insultan que son la mayoría en este post)Anonymousnoreply@blogger.com